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viernes, 09 de junio de 2017cermi.es semanal Nº 261

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

CERMIS Autonómicos

CERMI Extremadura aplaude que las gasolineras de la Región deban tener personal para atender las necesidades de los conductores con discapacidad

07/06/2017

CERMI Extremadura ha mostrado este miércoles su satisfacción por el hecho de que la Asamblea regional haya aprobado la obligatoriedad de que las gasolineras de autoservicio cuenten con al menos una persona responsable en horario diurno (de 7.00 a 22.00 horas) para atender posibles necesidades de los conductores con discapacidad que deseen repostar.

De esta forma, se atiende la demanda planteada el pasado mes de abril por la plataforma representativa de la discapacidad de Extremadura durante una comparecencia en la Asamblea. Así, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 5/2017, de 16 de mayo, por la que se modifica la Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura.
 
Esta acción legislativa cubre una de las necesidades de las “personas con mayores necesidades de accesibilidad”, tal y como recoge la ley 11/2014 de Accesibilidad Universal de Extremadura. Además, dicha normativa obliga a que se garantice la accesibilidad de bienes y servicios a disposición del público, mientras que la Ley general de las personas con Discapacidad obliga a que se salvaguarde la igualdad de oportunidades, la promoción de la autonomía personal y el derecho a la vida independiente.
 
En este sentido, CERMI Extremadura aplaude que no se tengan en cuenta condicionantes económicos que mermen los derechos de las personas con discapacidad, ya que se tiene que priorizar la igualdad de oportunidades y los derechos de las personas.
 
Por último, la entidad considera que se trata de un ejemplo de buenas prácticas que debe llevarse a la práctica en todas las comunidades autónomas, puesto que el no contar con personal en todas las gasolineras limita el derecho de libertad de movimiento de las personas con discapacidad, al no poder repostar en igualdad de condiciones que el resto de conductores.
 
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